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¿Las canonizaciones son infalibles?

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A raíz de uno de los artículos publicados en mi blog respecto a la salvación en las religiones no cristianas, surgió, en uno de los grupos donde participo, un debate interesante donde se entró de lleno al tema de la infalibilidad de las canonizaciones. Me ha parecido oportuno tomar este debate como punto de partida para compartir alguna información relacionada al tema.

Definición de canonización

Tomaré la definición de lo que es la canonización de la Congregación para las causas de los Santos:

“La doctrina acerca de las instituciones de la beatificación (2) y de la canonización(3) no ha cambiado en lo fundamental a lo largo de los siglos. Su distinción (4), que tiene su expresión adecuada en las respectivas fórmulas enunciativas o constitutivas, es neta y esencial. La canonización es la suprema glorificación por parte de la Iglesia de un siervo de Dios elevado al honor de los altares, mediante un decreto, definitivo y preceptivo para toda la Iglesia, comprometiendo el magisterio solemne del Romano Pontífice. Esto se expresa de modo inequívoco en la fórmula: “Ad honorem Sanctae et Individuae Trinitatis…, auctoritate Domini Nostri Iesu Christi, beatorum Apostolorum Petri et Pauli ac Nostra… Beatum N.N. Sanctum esse decernimus ac definimus, ac Sanctorum Catalogo adscribimus, statuentes eum in universa Ecclesia inter Sanctos pia devotione recoli debere”.”

Congregación para las causas de los Santos, El rostro de la Iglesia se renueva en la continuidad

Consenso de los teólogos católicos

La Enciclopedia Católica explica que la mayor parte de los teólogos concuerdan con que las canonizaciones son infalibles. Mencionan aquí a de San Antonino, Melchor Cano, Suárez, Belarmino, Bañez, Vázquez y, entre los canonistas, de González Téllez, Fagnanus, Schmalzgrüber, Barbosa, Reissenstül, Covarrubias, Albitius, Petra, Joannes a S. Toma, Silvestre, Del Bene entre muchos otros. Citan también a Santo Tomás de Aquíno en Quodlib. IX, a 16, quien dice:

“Dado que el honor que profesamos a los santos es en cierto sentido, una profesión de fe, i.e., una creencia en la gloria de los santos, debemos píamente creer que, en este asunto, también el juicio de la Iglesia está libre de error.”

También especifica que el objetivo de este juicio infalible del Papa se refiere a que lo que queda definido y lo único que se necesita indicar es que la persona canonizada está en el cielo.

Extractos de algunos manuales de teología dogmática

Comparto ahora lo que enseñan del tema algunos manuales de teología dogmática.

El Manual de Teología Dogmática de Michael Schmaus:

“Actualmente es también doctrina común de los teólogos que la Iglesia es infalible en la canonización de santos , es decir, en el juicio definitivo de que un hombre goza de la visión de Dios y puede ser venerado en toda la Iglesia como santo.”

Michael Schmaus, Teología Dogmática, Tomo IV, La Iglesia, Ediciones Rialp, S.A., Madrid 1960, pág. 776

El Manuel de teología dogmática de Ludwig Ott sostiene igualmente:

“El objeto de la infalibilidad

a) El objetó primario de la infalibilidad son las verdades, formalmente reveladas, de la fe y la moral cristiana (de fe; Dz 1839).

La Iglesia no solamente puede de manera positiva determinar y proponer el sentido de la doctrina revelada dando una interpretación auténtica de la Sagrada Escritura y de los testimonios de tradición, y redactando fórmulas de fe (símbolos, definiciones), sino que también puede determinar y condenar como tales los errores que se oponen a la verdad revelada. De otra manera, no cumpliría con su misión de ser «custodia y maestra de la palabra revelada por Dios»; Dz 1793, 1798. “

b) El objeto secundario de la infalibilidad son las verdades que no han sido formalmente reveladas, pero que se hallan en estrecha conexión con las verdades formalmente reveladas de la fe y la mora! cristiana (sent. cierta).

La prueba de esta tesis nos la proporciona el fin propio de la infalibilidad, que es «custodiar santamente y exponer fielmente el depósito de la fe» (Dz 1836). Este fin no podría conseguirlo la Iglesia sino fuera capaz de dar decisiones infalibles sobre verdades y hechos que se hallan en estrecha conexión con las verdades reveladas, bien sea determinando de manera positiva la verdad o “condenando de manera negativa el error opuesto.

Al objeto secundario de la infalibilidad pertenecen: a) las conclusiones teológicas de una verdad formalmente revelada y de una verdad de razón natural b) los hechos históricos, de cuyo reconocimiento depende la certidumbre de una verdad revelada («facta dogmática»); c) las verdades de razón natural, que se hallan en íntima conexión con verdades reveladas (v. más pormenores en la Introducción, § 6); c) la canonización de los santos, es decir, el juicio definitivo de que un miembro de la Iglesia ha sido recibido en la eterna bienaventuranza y debe ser objeto de pública veneración.

El culto tributado a los santos, como nos enseña SANTO TOMÁS, es «cierta confesión de la fe con que creemos en la gloria de los santos» (Quodl. 9,16). Si la Iglesia pudiera equivocarse en sus juicios, entonces de tales fallos se derivarían consecuencias incompatibles con la santidad de la Iglesia.”

Ludwig Ott, Manual de Teología Dogmática, Editorial Herder, Barcelona 1966, pág. 450-451

Una tercera explicación, aunque más larga la he encontrado traducida del Manual de Teología Dogmática de Bernhard Bartmann

“La cuestión de la infalibilidad de la canonización de los santos, se puede considerar histórica y teológicamente. Los primero santos fueron, además de los Apóstoles y los Profetas, los Mártires, cuyos nombres los Obispos escribían en un elenco oficial de los reconocidos por la Iglesia. La inserción se realizaba después de un juicio ponderado, acerca de la vida anterior del mártir, y no se aceptaba a cualquier persona. Respecto de los tres primeros, siglos el protestante H. Achelis observa que los obispos ejercían un contralor severo y recusaban a los falsos mártires (Christentum in den ersten dreiJahrhunderten , II, p. 356). Más tarde, a los santos mártires, se agregaron los santos «confesores»: Antonio, Pablo, Atanasio, Efrén, Martín de Tours. Era más fácil de constatar la realidad del martirio que la santidad de los confesores: para estos, el pueblo tomaba parte en el juicio, pero al obispo competía, en última instancia, admitirlos en el elenco (Rademacher, Das Seelenleben der Heiligen , 1917, 2 ed.. pp. 32 y ss.).

En lo referente a la «visión beatífica» de los no-mártires, el primer juicio definitivo lo pronunció Benedicto XII en 1336 (Dz. 530).El culto de los santos pasaba de una diócesis a otra, y así se propagaba por toda la Iglesia. En los albores del año 1000, la Iglesia procuró, mediante fórmulas fijas, regular, poco a poco, el culto de los santos, pero sólo lo consiguió de modo definitivo en el 1600. En la época post-tridentina surgió la cuestión teológica. En tiempos del Concilio de Trento, Tomás Badia (1483-1547), Maestro del Sacro Palacio, sostuvo en contra de Ambrosio Catarino, que la Iglesia, al honrar a los santos, podía caer en error. Afirmaba que debe creerse en la gloria de los santos en general, pero no en la gloria de cada santo en particular: sostenía, pues, que era preciso distinguir entre «credere ex pietate» y «credere ex necessitate fidei» (Schweitzer, Ambrosius Catharinus Politus [1484-1553], p. 73, 1910: cfr. pp. 16-63, 144 ss., 220-223).En las canonizaciones, la Iglesia no puede tomar por fundamento la Revelación, sino solamente los testimonios humanos, concernientes a la vida y a los milagros, testimonios siempre examinados con gran rigor (processum informativum super fama,sanctitatis, virtutum et miraculorum).

La casi totalidad de los teólogos, hoy, considera infalible ese juicio de la Iglesia, pero la tesis de la infalibilidad de la Iglesia, en este caso, se juzga de manera diversa. Pesch dice que algunos la tienen por una «pia sententia», al tiempo que para otros, como Benedicto XIV, es «de fe»: «de fide». Él mismo la califica como «teológicamente cierta»: es una vía media que puede aceptarse. Las dificultades a resolver son las siguientes: ante todo, no está absolutamente claro si la Iglesia quiere definir el hecho de que el santo ha alcanzado la visión de Dios. Además, el juicio de la Iglesia podría referirse solamente al pequeño número de los santos canonizados por el magisterio, y no al número de aquellos que, antes de la praxis de la canonización solemne, fueron declarados santos por los obispos, por las órdenes religiosas, y poco a poco, recibieron aceptación general, sin que se hubiera examinado rigurosamente las razones a favor de su santidad.

Finalmente –la principal dificultad- se debe añadir que no es posible sin una revelación divina llegar a una certeza de fe sobre el estado de gracia de un alma (Trid. S. 6. c. 12. Dz. 805). A lo que hay que añadir que la Iglesia, después de la muerte del último Apóstol, no recibe ya ninguna Revelación pública. Ciertamente, en la Revelación cerrada con los Apóstoles, encontramos la promesa general de la vida eterna para los elegidos: sin embargo, no se atribuye de modo definitivo a ninguna persona particular honrada como santa por la Iglesia. La predestinación es un misterio inescrutable. La Iglesia, en la investigación sobre la vida de los santos, no se apoya sobre el testimonio divino, sino tan sólo sobre informaciones humanas y elementos naturales que siempre pueden ser subjetivos. Dios puede testimoniar a favor de los santos por medio de milagros. Pero también ellos estos, como la canonización misma, no tienen relación íntima y directa con las verdades reveladas. Agréguese que estos milagros sólo pueden ser reconocidos por quienes creen en ellos, pues esa fe no es obligatoria. La antigua controversia sobre si es posible probar un dogma con un milagro notorio en la Iglesia, fue resuelta negativamente.

Es bastante difícil refutar tales argumentos, cuando se los examina con seriedad. Cuando Eusebio Amort escribe que «dubietas revelationis tollatur per indubitata miracula», se aparta de la noción estricta de Revelación. Por lo tanto, aquí no se debería hablar de la más alta certeza dogmática. Así piensa también Scheid quien, al tratar acerca de la infalibilidad del Papa en la canonización de los santos (Zeitschrift für katholische Theologie, 1890, p. 509), escribe: «la dificultad del problema está en encontrar una prueba verdaderamente satisfactoria de esta infalibilidad, cuya existencia se afirma. La canonización toca el límite extremo del campo de las decisiones infalibles. No es por eso fácil establecer, de manera clara y probatoria, que ella, en toda su extensión, entra en el ámbito de la infalibilidad de la Iglesia». La mayoría de las veces, como Melchor Cano, se huye de los argumentos particulares y perentorios, para basarse en un «manojo de argumentos», como si el número pudiese, de algún modo, suplir la fragilidad de cada argumento. Scheid mismo procuraba mostrar que la Iglesia pretende obligar a todos los fieles a creer en la canonización de los santos. Por cierto, sería más seguro que hubiese una declaración de la Iglesia que afirmase ser esa su voluntad.

Con todo, el juicio de la Iglesia sobre la santidad de una persona merece, sin duda, gran consideración, sea por motivo de su autoridad infalible, sea por la severidad y el rigor con que examina las cualidades para la canonización. En todo caso, los actos de canonización, sólo pueden ser aceptados por fe general, eclesiástica, y no por fe divina. El fiel no hace un acto de fe especial en la canonización, sino que en ella cree, con un acto de fe general, acto que acepta el culto de la Iglesia en su conjunto. Si en el número de los santos encontramos algún «falso» santo, como Barlaam y Josafat, el culto relativo que se les ha rendido, se dirige a Dios. Así como puede honrarse a un rey por medio de un pseudo-embajador; de semejante modo puede honrarse a Dios, por intermedio de un pseudo-santo.”

Bernhard Bartmann, Teología Dogmática, Tomo I. I. 2ª Imp. Paulinas. Trad. Vicente Pedroso. Sao Paulo: 1964., pág .68-70.
Original alemán: Lehrbuch der Dogmatik, Freiburg 1911

Un artículo de Jean-Michel Gleize titulado Beatificazione e canonizzazione dopo il Vaticano II difiere de este consenso. En dicho artículo reconoce que la infalibilidad de la canonización es ahora común y la doctrina cierta de la mayoría de los teólogos. Reconoce también que todos los manuales antes y después del Concilio Vaticano lo enseñaban como una tesis común en la teología. Sin embargo duda de la actual infalibilidad entre otras razones debido a que según su opinión, las reformas que siguieron al Concilio Vaticano II, han traído como consecuencia deficiencias en los procedimientos de canonización. Esta opinión no me parece en lo personal acertada. En otros blogs de tendencia filo-lefebvriana he visto que se citan los artículos de Mons. Brunero Gherardini y del padre Daniel Ols, O.P, como exponentes en contra de la infalibilidad de las canonizaciones, pero no llegué a leer dichos estudios.

Conclusiones

Tomando en cuenta que el Magisterio de la Iglesia enseña que la canonización es la suprema glorificación por parte de la Iglesia de un siervo de Dios elevado al honor de los altares, mediante un decreto, definitivo y preceptivo para toda la Iglesia, comprometiendo el magisterio solemne del Romano Pontífice, que esto es confirmado por la formula de canonización, me parece que es correcto decir que las canonizaciones son infalibles. El consenso de los teólogos contemporáneos y no contemporáneos parece estar de acuerdo con esto.

Autor: José Miguel Arráiz

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