(2083-2257)

 

CAPITULO PRIMERO: "AMARAS AL SEÑOR TU DIOS CON TODO TU CORAZON, CON TODA TU ALMA Y CON TODAS TUS FUERZAS"

 

2083.  Jesús resumió los deberes del hombre para con Dios en estas palabras: "Amarás al Señor tu Dios con todo tu corazón, con toda tu alma y con toda tu mente" (Mt 22,37; cf Lc 10,27: "...y con todas tus fuerzas"). Estas palabras siguen inmediatamente a la llamada solemne: "Escucha, Israel: el Señor nuestro Dios es el único Señor" (Dt 6,4).

         Dios amó primero. El amor del Dios Unico es recordado en la primera de las "diez palabras". Los mandamientos explicitan a continuación la respuesta de amor que el hombre está llamado a dar a su Dios.

 

Artículo 1                EL PRIMER MANDAMIENTO

         Yo, el Señor, soy tu Dios, que te ha sacado del país de Egipto, de la casa de servidumbre. No habrá para ti otros dioses delante de mí. No te harás escultura ni imagen alguna ni de lo que hay arriba en los cielos, ni de lo que hay abajo en la tierra, ni en lo que hay en las aguas debajo de la tierra. No te postrarás ante ellas ni les darás culto" (Ex 20,2-5; cf Dt 5,6-9).

         Está escrito: Al Señor tu Dios adorarás, sólo a él darás culto (Mt 4,10).

 

I        "ADORARAS AL SEÑOR TU DIOS, Y LE DARAS CULTO"

2084   Dios se da a conocer recordando su acción todopoderosa, bondadosa y liberadora en la historia de aquel a quien se dirige: "Yo te saqué del país de Egipto, de la casa de servidumbre". La primera palabra contiene el primer mandamiento de la ley: "Adorarás al Señor tu Dios y le servirás...no vayáis en pos de otros dioses" (Dt 6,13-14). La primera llamada y la justa exigencia de Dios consiste en que el hombre lo acoja y lo adore.

2085   El Dios único y verdadero revela primero su gloria a Israel (cf Ex 19,16-25; 24,15-18). La revelación de la vocación y de la verdad del hombre está ligada a la revelación de Dios. El hombre tiene la vocación de manifestar a Dios mediante su obrar en conformidad con su creación "a imagen y semejanza de Dios":

         No habrá jamás otro Dios, Trifón, y no ha habido otro desde los siglos sino el que ha hecho y ordenado el universo. Nosotros no pensamos que nuestro Dios es distinto del vuestro. Es el mismo que sacó a vuestros padres de Egipto "con su mano poderosa y su brazo extendido". Nosotros no ponemos nuestras esperanzas en otro, que no existe, sino en el mismo que vosotros, el Dios de Abraham, de Isaac y de Jacob (S. Justino, dial. 11,1).

2086   "El primero de los preceptos abarca la fe, la esperanza y la caridad. En efecto, quien dice Dios, dice un ser constante, inmutable, siempre el mismo, fiel, perfectamente justo. De ahí se sigue que nosotros debemos necesariamente aceptar sus Palabras y tener en él una fe y una confianza completas. El es todopoderoso, clemente, infinitamente inclinado a hacer el bien. ¿Quién podría no poner en él todas sus esperanzas? ¿Y quién podrá no amarlo contemplando todos los tesoros de bondad y de ternura que ha derramado en nosotros? De ahí esa fórmula que Dios emplea en la Sagrada Escritura tanto al comienzo como al final de sus preceptos: `Yo soy el Señor'" (Catec. R. 3,2,4).

 

         La fe

2087   Nuestra vida moral tiene su fuente en la fe en Dios que nos revela su amor. S. Pablo habla de la "obediencia de la fe" (Rm 1,5; 16,26) como de la primera obligación. Hace ver en el "desconocimiento de Dios" el principio y la explicación de todas las desviaciones morales (cf Rm 1,18-32). Nuestro deber para con Dios es creer en él y dar testimonio de él.

2088   El primer mandamiento nos pide que alimentemos y guardemos con prudencia y vigilancia nuestra fe y que rechacemos todo lo que se opone a ella. Hay diversas maneras de pecar contra la fe:

         La duda voluntaria respecto a la fe descuida o rechaza tener por verdadero lo que Dios ha revelado y que la Iglesia propone creer. La duda involuntaria designa la vacilación en creer, la dificultad de superar las objeciones ligadas a la fe o también la ansiedad suscitada por la oscuridad de ésta. Si es cultivada deliberadamente, la duda puede conducir a la ceguera del espíritu.

2089   La incredulidad es la menosprecio de la verdad revelada o el rechazo voluntario de prestarle asentimiento. "Se llama herejía la negación pertinaz, después de recibido el bautismo, de una verdad que ha de creerse con fe divina y católica, o la duda pertinaz sobre la misma; apostasía es el rechazo total de la fe cristiana; cisma, el rechazo de la sujeción al Sumo Pontífice o de la comunión con los miembros de la Iglesia a él sometidos" (CIC, can. 751).

 

         La esperanza

2090   Cuando Dios se revela y llama al hombre, éste no puede responder plenamente al amor divino por sus propias fuerzas. Debe esperar que Dios le dé la capacidad de devolverle el amor y de obrar conforme a los mandamientos de la caridad. La esperanza es la espera confiada de la bendición divina y de la visión bienaventurada de Dios; es también el temor de ofender al amor de Dios y de provocar el castigo.

2091   El primer mandamiento condena también los pecados contra la esperanza, que son la desesperación y la presunción:

         Por la desesperación, el hombre deja de esperar de Dios su salvación personal, el auxilio para llegar a ella o el perdón de sus pecados. Se opone a la Bondad de Dios, a su Justicia -porque el Señor es fiel a sus promesas- y a su Misericordia.

2092   Hay dos clases de presunción. O bien el hombre presume de sus capacidades (esperando poder salvarse sin la ayuda de lo alto), o bien presume de la omnipotencia o de la mise ricordia divinas, (esperando obtener su perdón sin conversión y la gloria sin mérito).

 

         La caridad

2093   La fe en el amor de Dios encierra la llamada y la obligación de responder a la caridad divina mediante un amor sincero. El primer mandamiento nos ordena amar a Dios sobre todas las criaturas por él y a causa de él (cf Dt 6,4-5).

2094   Se puede pecar de diversas maneras contra el amor de Dios. La indiferencia olvida o rechaza la consideración de la caridad divina; desprecia su acción preveniente y niega su fuerza. La ingratitud omite o se niega a reconocer la caridad divina y devolverle amor por amor. La tibieza es una vacilación o una negligencia en responder al amor divino; puede implicar la negación a entregarse al movimiento de la caridad. La acedia o pereza espiritual llega a rechazar el gozo que viene de Dios y a sentir horror por el bien divino. El odio de Dios tiene su origen en el orgullo; se opone al amor de Dios cuya bondad niega y lo maldice porque condena el pecado e inflige penas.

 

II       "A EL SOLO DARAS CULTO"

2095   Las virtudes teologales, fe esperanza y caridad, informan y vivifican las virtudes morales. Así, la caridad nos lleva a dar a Dios lo que en toda justicia le debemos en cuanto criaturas. La virtud de la religión nos dispone a esta actitud.

 

         La adoración

2096   La adoración es el primer acto de la virtud de la religión. Adorar a Dios es reconocerle como Dios, como Creador y Salvador, Señor y Dueño de todo lo que existe, como Amor infinito y misericordioso. "Adorarás al Señor tu Dios y sólo a él darás culto" (Lc 4,8), dice Jesús citando el Deuteronomio (6,13).

2097   Adorar a Dios es reconocer, en el respeto y la sumisión absoluta, la "nada de la criatura", que sólo existe por Dios. Adorar a Dios es alabarlo, exaltarle y humillarse a sí mismo, como hace María en el Magnificat, confesando con gratitud que él ha hecho grandes cosas y que su nombre es santo (cf Lc 1,46-49). La adoración del Dios único libera al hombre del repliegue sobre sí mismo, de la esclavitud del pecado y de la idolatría del mundo.

 

         La oración

2098   Los actos de fe, esperanza y caridad que ordena el primer mandamiento se realizan en la oración. La elevación del espíritu hacia Dios es una expresión de nuestra adoración a Dios: oración de alabanza y de acción de gracia s, de intercesión y de súplica. La oración es una condición indispensable para poder obedecer los mandamientos de Dios. "Es preciso orar siempre sin desfallecer" (Lc 18,1).

 

         El sacrificio

2099   Es justo ofrecer a Dios sacrificios en señal de adoración y de gratitud, de súplica y de comunión: "Toda acción realizada para unirse a Dios en la santa comunión y poder ser bienaventurado es un verdadero sacrificio" (S. Agustín, civ. 10,6).

2100   El sacrificio exterior, para ser auténtico, debe ser expresión del sacrificio espiritual. "Mi sacrificio es un espíritu contrito..." (Sal 51,19). Los profetas de la Antigua Alianza denunciaron con frecuencia los sacrificios hechos sin participación interior (cf Am 5,21-25) o sin amor al prójimo (cf Is 1,10-20). Jesús recuerda las palabras del profeta Oseas: "Misericordia quiero, que no sacrificio" (Mt 9,13; 12,7; cf Os 6,6). El único sacrificio perfecto es el que ofreció Cristo en la cruz en ofrenda total al amor del Padre y por nuestra salvación (cf Hb 9,13-14). Uniéndonos a su sacrificio, podemos hacer de nuestra vida un sacrificio para Dios.

 

         Promesas y votos

2101   En varias circunstancias, el cristiano es llamado a hacer promesas a Dios. El bautismo y la confirmación, el matrimonio y la ordenación las exigen siempre. Por devoción personal, el cristiano puede también prometer a Dios un acto, una oración, una limosna, una peregrinación, etc. La fidelidad a las promesas hechas a Dios es una manifestación de respeto a la Majestad divina y de amor hacia el Dios fiel.

2102   "El voto, es decir, la promesa deliberada y libre hecha a Dios acerca de un bien posible y mejor, debe cumplirse por la virtud de la religión" (CIC can.1191,1). El voto es un acto de devoción en el que el cristiano se consagra a Dios o le promete una obra buena. Por tanto, mediante el cumplimiento de sus votos da a Dios lo que le ha prometido y consagrado. Los Hechos de los Apóstoles nos muestran a S. Pablo cumpliendo los votos que había hecho (cf Hch 18,18; 21,23-24).

2103   La Iglesia reconoce un valor ejemplar al voto de practicar los consejos evangélicos (cf CIC, can 654).

         La santa Iglesia se alegra de que haya en su seno muchos hombres y mujeres que siguen más de cerca y muestran más claramente el anonadamiento de Cristo, escogiendo la pobreza con la libertad de los hijos de Dios y renunciando a su voluntad propia. Estos, pues, se someten a los hombres por Dios en la búsqueda de la perfección más allá de lo que está mandado, para parecerse más a Cristo obediente (LG 42).

         En algunos casos, la Iglesia puede, por razones proporcionadas, dispensar de los votos y las promesas (cf CIC can.692; 1196-97).

 

         El deber social de la religión y el derecho a la libertad religiosa

2104.  "Todos los hombres están obligados a buscar la verdad, sobre todo en lo que se refiere a Dios y a su Iglesia, y, una vez conocida, a abrazarla y practicarla" (DH 1). Este deber se desprende de "su misma naturaleza" (DH 2). No contradice al "respeto sincero" hacia las diversas religiones, que "no pocas veces reflejan, sin embargo, un destello de aquella Verdad que ilumina a todos los hombres" (NA 2), ni a la exigencia de la caridad que empuja a los cristianos "a tratar con amor, prudencia y paciencia a los hombres que viven en el error o en la ignorancia de la fe" (DH 14).

2105.  El deber de dar a Dios un culto auténtico corresponde al hombre individual y socialmente. Esa es "la doctrina tradicional católica sobre el deber moral de los hombres y de las sociedades respecto a la religión verdadera y a la única Iglesia de Cristo" (DH 1). Al evangelizar sin cesar a los hombres, la Iglesia trabaja para que puedan "informar con el espíritu cristiano el pensamiento y las costumbres, las leyes y las estructuras de la comunidad en la que cada uno vive" (AA 13). Deber social de los cristianos es respetar y suscitar en cada hombre el amor de la verdad y del bien. Les exige dar a conocer el culto de la única verdadera religión, que subsiste en la Iglesia católica y apostólica (cf DH 1). Los cristianos son llamados a ser la luz del mundo (cf AA 13). La Iglesia manifiesta así la realeza de Cristo sobre toda la creación y, en particular, sobre las sociedades humanas (cf León XIII, enc. "Inmortale Dei"; Pío XI "Quas primas").

2106   "En materia religiosa, ni se obligue a nadie a actuar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella, pública o privadamente, solo o asociado con otros" (DH 2). Este derecho se funda en la naturaleza misma de la persona humana, cuya dignidad le hace adherirse libremente a la verdad divina, que transciende el orden temporal. Por eso, "permanece aún en aquellos que no cumplen la obligación de buscar la verdad y adherirse a ella" (DH 2).

2107   "Si, teniendo en cuenta las circunstancias peculiares de los pueblos, se concede a una comunidad religiosa un reconocimiento civil especial en el ordenamiento jurídico de la sociedad, es necesario que al mismo tiempo se reconozca y se respete el derecho a la libertad en materia religiosa a todos los ciudadanos y comunidades religiosas" (DH 6).

2108   El derecho a la libertad religiosa no es ni la permisión moral de adherirse al error (cf León XIII, enc. "Libertas praestantissimum"), ni un derecho supuesto al error (cf Pío XII, discurso 6 Diciembre 1953), sino un derecho natural de la persona humana a la libertad civil, es decir, a la inmunidad de coacción exterior, en los justos límites, en materia religiosa por parte del poder político. Este derecho natural debe ser reconocido en el orden jurídico de la sociedad de manera que constituya un derecho civil (cf DH 2).

2109   El derecho a la libertad religiosa no puede ser de suyo ni ilimitado (cf Pío VI, breve "Quod aliquantum"), ni limitado solamente por un "orden público" concebido de manera positivista o naturalista (cf Pío IX, enc. "Quanta cura"). Los "justos límites" que le son inherentes deben ser determinados para cada situación social por la prudencia política, según las exigencias del bien común, y ratificados por la autoridad civil según "normas jurídicas, conforme con el orden objetivo moral" (DH 7).

 

III      "NO HABRA PARA TI OTROS DIOSES DELANTE DE MI"

2110   El primer mandamiento prohíbe honrar a dioses distintos del Unico Señor que se reveló a su pueblo. Proscribe la superstición y la irreligión. La superstición representa en cierta manera un exceso perverso de religión. La irreligión es un vicio opuesto por defecto a la virtud de la religión.

 

         La superstición

2111   La superstición es la desviación del sentimiento religioso y de las prácticas que impone. Puede afectar también al culto que damos al verdadero Dios, por ejemplo, cuando se atribuye una importancia, de algún modo, mágica a ciertas prácticas, por otra parte, legítimas o necesarias. Atribuir su eficacia a la sola materialidad de las oraciones o de los signos sacramentales, prescindiendo de las disposiciones interiores que exigen, es caer en la superstición (cf Mt 23,16-22).

 

         La idolatría

2112   El primer mandamiento condena el politeísmo. Exige al hombre no creer en más dioses que el Dios verdadero. Y no venerar otras divinidades que al único Dios. La Escritura recuerda constantemente este rechazo de los "ídolos, oro y plata, obra de las manos de los hombres", que "tienen boca y no hablan, ojos y no ven..." Estos ídolos vanos hacen vano al que les da culto: "Como ellos serán los que los hacen, cuantos en ellos ponen su confianza" (Sal 115,4-5.8; cf. Is 44,9-20; Jr 10,1-16; Dn 14,1-30; Ba 6; Sb 13,1-15,19). Dios, por el contrario, es el "Dios vivo" (Jos 3,10; Sal 42,3, etc.), que da vida e interviene en la historia.

2113   La idolatría no se refiere sólo a los cultos falsos del paganismo. Es una tentación constante de la fe. Consiste en divinizar lo que no es Dios. Hay idolatría desde que el hombre honra y reverencia a una criatura en lugar de Dios. Trátese de dioses o de demonios (por ejemplo, el satanismo), de poder, de placer, de la raza, de los antepasados, del Estado, del dinero, etc. "No podéis servir a Dios y al dinero", dice Jesús (Mt 6,24). Numerosos mártires han muerto por no adorar a "la Bestia" (cf Ap 13-14), negándose incluso a simular su culto. La idolatría rechaza el único Señorío de Dios; es, por tanto, incompatible con la comunión divina (cf Gál 5,20; Ef 5,5).

2114   La vida humana se unifica en la adoración del Dios Unico. El mandamiento de adorar al único Señor da unidad al hombre y lo salva de una dispersión infinita. La idolatría es una perversión del sentido religioso innato en el hombre. El idólatra es el que "aplica a cualquier cosa en lugar de Dios su indestructible noción de Dios" (Orígenes, Cels. 2,40).

 

         Adivinación y magia

2115   Dios puede revelar el porvenir a sus profetas o a otros santos. Sin embargo, la actitud cristiana justa consiste en ponerse con confianza en las manos de la Providencia en lo que se refiere al futuro y en abandonar toda curiosidad malsana al respecto. La imprevisión puede constituir una falta de responsabilidad.

2116   Todas las formas de adivinación deben rechazarse: recurso a Satán o a los demonios, evocación de los muertos, y otras prácticas que equivocadamente se supone "desvelan" el porvenir (cf Dt 18,10; Jr 29,8). La consulta de horóscopos, la astrología, la quiromancia, la interpretación de presagios y de suertes, los fenómenos de visión, el recurso a "mediums" encierran una voluntad de poder sobre el tiempo, la historia y, finalmente, los hombres, a la vez que un deseo de conciliarse los poderes ocultos. Están en contradicción con el honor y el respeto, mezclados de temor amoroso, que debemos solamente a Dios.

2117   Todas las prácticas de magia o de hechicería mediante las que se pretende domesticar las potencias ocultas para ponerlas a su servicio y obtener un poder sobrenatural sobre el prójimo -aunque sea para procurar la salud-, son gravemente contrarias a la virtud de la religión. Estas prácticas son más condenables aún cuando van acompañadas de una intención de dañar a otro o recurren a la intervención de los demonios. El llevar amuletos es también reprensible. El espiritismo implica con frecuencia prácticas adivinatorias o mágicas. Por eso la Iglesia advierte a los fieles que se guarden de él. El recurso a las medicinas llamadas tradicionales no legitima ni la invocación de las potencias malignas, ni la explotación de la credulidad del prójimo.

 

         La irreligión

2118   El primer mandamiento de Dios reprueba los principales pecados de irreligión, la acción de tentar a Dios en palabras o en obras, el sacrilegio y la simonía.

2119   La acción de tentar a Dios consiste en poner a prueba de palabra o de obra, su bondad y su omnipotencia. Así es como Satán quería conseguir de Jesús que se arrojara del templo y obligase a Dios, mediante este gesto, a actuar (cf Lc 4,9). Jesús le opone las palabras de Dios: "No tentarás al Señor tu Dios" (Dt 6,16). El reto que contiene este tentar a Dios lesiona el respeto y la confianza que debemos a nuestro Criador y Señor. Incluye siempre una duda respecto a su amor, su providencia y su poder (cf 1 Co 10.9; Ex 17,2-7; Sal 95,9).

2120   El sacrilegio consiste en profanar o tratar indignamente los sacramentos y las otras acciones litúrgicas, así como las personas, las cosas y los lugares consagrados a Dios. El sacrilegio es un pecado grave sobre todo cuando es cometido contra la Eucaristía, pues en este sacramento el Cuerpo de Cristo se nos hace presente sustancialmente (cf CIC, can. 1367; 1376).

2121   La simonía (cf Hch 8,9-24) se define como la compra o venta de las realidades espirituales. A Simón el mago, que quiso comprar el poder espiritual del que vio dotado a los apóstoles, Pedro le responde: "Vaya tu dinero a la perdición y tú con él, pues has pensado que el don de Dios se compra con dinero" (Hch 8,20). Así se ajustaba a las palabras de Jesús: "Gratis lo recibisteis, dadlo gratis" (Mt 10,8; cf Is 55,1). Es imposible apropiarse de los bienes espirituales y de comportarse respecto a ellos como un posesor o un dueño, pues tienen su fuente en Dios. Sólo es posible recibirlos gratuitamente de él.

2122   "Fuera de las ofrendas determinadas por la autoridad competente, el ministro no debe pedir nada por la administración de los sacramentos, y ha de procurar siempre que los necesitados no queden privados de la ayuda de los sacramentos por razón de su pobreza" (CIC, can. 848). La autoridad competente puede fijar estas "ofrendas" atendiendo al principio de que el pueblo cristiano debe subvenir al sostenimiento de los ministros de la Iglesia. "El obrero merece su sustento" (Mt 10,10; cf Lc 10,7; 1 Co 9,5-18; 1 Tm 5,17-18).

 

         El ateísmo

2123   "Muchos de nuestros contemporáneos no perciben de ninguna manera esta unión íntima y vital con Dios o la rechazan explícitamente , hasta tal punto que el ateísmo debe ser considerado entre los problemas más graves de esta época" (GS 19,1).

2124   El nombre de ateísmo abarca fenómenos muy diversos. Una forma frecuente del mismo es el materialismo práctico, que limita sus necesidades y sus ambiciones al espacio y al tiempo. El humanismo ateo considera falsamente que el hombre es "el fin de sí mismo, el artífice y demiurgo único de su propia historia" (GS 20,1). Otra forma del ateísmo contemporáneo espera la liberación del hombre de una liberación económica y social a la que "la religión, por su propia naturaleza, es un obstáculo para esta liberación, porque, al orientar la esperanza del hombre hacia una vida futura ilusoria, lo apartaría de la construcción de la ciudad terrena" (GS 20,2).

2125   En cuanto rechaza o niega la existencia de Dios, el ateísmo es un pecado contra la virtud de la religión (cf Rm 1,18). La imputabilidad de esta falta puede quedar ampliamente disminuida en virtud de las intenciones y de las circunstancias. En la génesis y difusión del ateísmo "puede corresponder a los creyentes una parte no pequeña; en cuanto que, por descuido en la educación para la fe, por una exposición falsificada de la doctrina, o también por los defectos de su vida religiosa, moral y social, puede decirse que han velado el verdadero rostro de Dios y de la religión, más que revelarlo" (GS 19,3).

2126   Con frecuencia el ateísmo se funda en una concepción falsa de la autonomía humana, llevada hasta el rechazo de toda dependencia respecto a Dios (cf GS 20,1). Sin embargo, "el reconocimiento de Dios no se opone en ningún modo a la dignidad del hombre, ya que esta dignidad se funda y se perfecciona en el mismo Dios" (GS 21,3). "La Iglesia sabe muy bien que su mensaje conecta con los los deseos más profundos del corazón humano" (GS 21,7).

 

         El agnosticismo

2127   El agnosticismo reviste varias formas. En ciertos casos, el agnóstico se resiste a negar a Dios; al contrario, postula la existencia de un ser transcendente que no podría revelarse y del que nadie podría decir nada. En otros casos, el agnóstico no se pronuncia sobre la existencia de Dios, declarando que es imposible probarla e incluso afirmarla o negarla.

2128   El agnosticismo puede a veces contener una cierta búsqueda de Dios, pero puede igualmente representar un indiferentismo, una huida ante la cuestión última de la existencia, y una pereza de la conciencia moral. El agnosticismo equivale con mucha frecuencia a un ateísmo práctico.

IV       "NO TE HARAS ESCULTURA NI IMAGEN ALGUNA..."

2129   El mandamiento divino entrañaba la prohibición de toda representación de Dios por mano del hombre. El Deuteronomio lo explica así: "Puesto que no visteis figura alguna el día en que el Señor os habló en el Horeb de en medio del fuego, no vayáis a prevaricar y os hagáis alguna escultura de cualquier representación que sea..." (Dt 4,15-16). Quien se revela a Israel es el Dios absolutamente Transcendente. "El lo es todo", pero al mismo tiempo "está por encima de todas sus obras" (Si 43,27-28). Es la fuente de toda belleza creada (cf Sb 13,3).

2130   Sin embargo, ya en el Antiguo Testamento Dios ordenó o permitió la institución de imágenes que conducirían simbólicamente a la salvación por el Verbo encarnado: la serpiente de bronce (cf Nm 21,4-9; Sb 16,5-14; Jn 3,14-15), el arca de la Alianza y los querubines (cf Ex 25, 10-12; 1 R 6,23-28; 7,23-26).

2131   Fundándose en el misterio del Verbo encarnado, el séptimo Concilio ecuménico (celebrado en Nicea en 787), justificó contra los iconoclastas el culto de las imágenes: las de Cristo, pero también las de la Madre de Dios, de los ángeles y de todos los santos. Encarnándose, el Hijo de Dios inauguró una nueva "economía" de las imágenes.

2132   El culto cristiano de las imágenes no es contrario al primer mandamiento que proscribe los ídolos. En efecto, "el honor dado a una imagen se remonta al modelo original" (S. Basilio, spir. 18,45), "el que venera una imagen, venera en ella la persona que en ella está representada" (Cc. de Nicea II: DS 601; cf Cc. de Trento: DS 1821-25; Cc. Vaticano II: SC 126; LG 67). El honor tributado a las imágenes sagradas es una "veneración respetuosa", no una adoración, que sólo corresponde a Dios:

         El culto de la religión no se dirige a las imágenes en sí mismas como realidades, sino que las mira bajo su aspecto propio de imágenes que nos conducen a Dios encarnado. Ahora bien, el movimiento que se dirige a la imagen en cuanto tal, no se detiene en ella sino que tiende a la realidad de que ella es imagen (S. Tomás de Aquino, s. th. 2-2, 81, 3, ad 3).

 

RESUMEN

2133   "Amarás al Señor tu Dios con todo tu corazón, con toda tu alma y con todas tus fuerzas" (Dt 6,5).

2134   El primer mandamiento llama al hombre para que crea en Dios, espere en él y lo ame sobre todas las cosas.

2135   "Al Señor tu Dios adorarás" (Mt 4,10). Adorar a Dios, orar a él, ofrecerle el culto que le corresponde, cumplir las promesas y los votos que se le han hecho, son actos de la virtud de la religión que constituyen la obediencia al primer mandamiento.

2136   El deber de dar a Dios un culto auténtico concierne al hombre individual y socialmente.

2137   El hombre debe "poder profesar libremente la religión en público y en privado" (DH 15).

2138   La superstición es una desviación del culto que debemos al verdadero Dios. Desemboca en la idolatría y en las distintas formas de adivinación y de magia.

2139   La acción de tentar a Dios de palabra o de obra, el        sacrilegio, la simonía, son pecados de irreligión, prohibidos por el primer mandamiento.

2140   En cuanto niega o rechaza la existencia de Dios, el ateísmo es un pecado contra el primer mandamiento.

2141   El culto de las imágenes sagradas está fundado en el misterio de la Encarnación del Verbo de Dios. No es contrario al primer mandamiento.

Artículo 2                EL SEGUNDO MANDAMIENTO

         "No tomarás en falso el nombre del Señor tu Dios" (Ex 20,7; Dt 5,11).

         "Se dijo a los antepasados: `No perjurarás'...Pues yo os digo que no juréis en modo alguno" (Mt 5,33-34).

 

I        EL NOMBRE DEL SEÑOR ES SANTO

2142   El segundo mandamiento prescribe respetar el nombre del Señor. Pertenece, como el primer mandamiento, a la virtud de la religión y regula más particularmente nuestro uso de la palabra en las cosas santas.

2143   Entre todas las palabras de la revelación hay una, singular, que es la revelación de su Nombre. Dios confía su nombre a los que creen en él; se revela a ellos en su misterio personal. El don del Nombre pertenece al orden de la confidencia y la intimidad. "El nombre del Señor es santo". Por eso el hombre no puede usar mal de él. Lo debe guardar en la memoria en un silencio de adoración amorosa (cf Za 2,17). No lo hará intervenir en sus propias palabras sino para bendecirlo, alabarlo y glorificarlo (cf Sal 29,2; 96,2; 113, 1-2).

2144   La deferencia respecto a su Nombre expresa la que es debida al misterio de Dios mismo y a toda la realidad sagrada que evoca. El sentido de lo sagrado pertenece a la virtud de la religión:

         Los sentimientos de temor y de "lo sagrado" ¿son sentimientos cristianos o no? Nadie puede dudar razonablemente de ello. Son los sentimientos que tend ríamos, y en un grado intenso, si tuviésemos la visión del Dios soberano. Son los sentimientos que tendríamos si verificásemos su presencia. En la medida en que creemos que está presente, debemos tenerlos. No tenerlos es no verificar, no creer que está presente (Newman, par. 5,2).

2145   El fiel debe dar testimonio del nombre del Señor confesando su fe sin ceder al temor (cf Mt 10,32; 1 Tm 6,12). La predicación y la catequesis deben estar penetradas de adoración y de respeto hacia el nombre de Nuestro Señor Jesucristo.

2146   El segundo mandamiento prohíbe usar mal del nombre de Dios, es decir, todo uso inconveniente del nombre de Dios, de Jesucristo, de la Virgen María y de todos los santos.

2147   Las promesas hechas a otro en nombre de Dios comprometen el honor, la fidelidad, la veracidad y la autoridad divinas. Deben ser respetadas en justicia. Ser infiel a ellas es usar mal el nombre de Dios y, en cierta manera, hacer de Dios un mentiroso (cf 1 Jn 1,10).

2148   La blasfemia se opone directamente al segundo mandamiento. Consiste en proferir contra Dios -interior o exteriormente- palabras de odio, de reproche, de desafío; en decir mal de Dios, faltarle al respeto, en las conversaciones, usar mal el nombre de Dios. Santiago reprueba a "los que blasfeman el hermoso Nombre (de Jesús) que ha sido invocado sobre ellos" (St 2,7). La prohibición de la blasfemia se extiende a las palabras contra la Iglesia de Cristo, los santos y las cosas sagradas. Es también blasfemo recurrir al nombre de Dios para justificar prácticas criminales, reducir pueblos a servidumbre, torturar o dar muerte. El abuso del nombre de Dios para cometer un crimen provoca el rechazo de la religión.

         La blasfemia es contraria al respeto debido a Dios y a su santo nombre. Es de suyo un pecado grave (cf CIC, can 1369).

2149   Los palabras mal sonantes que emplean el nombre de Dios sin intención de blasfemar son una falta de respeto hacia el Señor. El segundo mandamiento prohíbe también el uso mágico del Nombre divino.

         El Nombre de Dios es grande donde se pronuncia con el respeto debido a su grandeza y a su Majestad. El nombre de Dios es santo donde se le nombra con veneración y el temor de ofenderle (S. Agustín, serm. Dom. 2, 45, 19).

 

II       TOMAR EL NOMBRE DEL SEÑOR EN VANO

2150   El segundo mandamiento prohibe el falso juramento . Hacer juramento o jurar es tomar a Dios por testigo de lo que se afirma. Es invocar la veracidad divina como garantía de la propia veracidad. El juramento compromete el nombre del Señor. "Al Señor tu Dios temerás, a él le servirás, por su nombre jurarás" (Dt 6,13).

2151   La reprobación del falso juramento es un deber para con Dios. Como Creador y Señor, Dios es la norma de toda verdad. La palabra humana está de acuerdo o en oposición con Dios que es la Verdad misma. El juramento, cuando es veraz y legítimo, pone de relieve la relación de la palabra humana con la verdad de Dios. El falso juramento invoca a Dios como testigo de una mentira.

2152   Es perjuro quien, bajo juramento, hace una promesa que no tiene intención de cumplir, o que, después de haber prometido bajo juramento, no la mantiene. El perjurio constituye una grave falta de respeto hacia el Señor de toda palabra. Comprometerse mediante juramento a hacer una obra mala es contrario a la santidad del Nombre divino.

2153   Jesús expuso el segundo mandamiento en el Sermón de la Montaña: "Habéis oído que se dijo a los antepasados: `no perjurarás, sino que cumplirás al Señor tus juramentos'. Pues yo os digo que no juréis en modo alguno...sea vuestro lenguaje: `sí, sí'; `no, no': que lo que pasa de aquí viene del Maligno" (Mt 5,33-34. 37; cf St 5,12). Jesús enseña que todo juramento implica una referencia a Dios y que la presencia de Dios y de su verdad debe ser honrada en toda palabra. La discreción del recurso a Dios al hablar va unida a la atención respetuosa a su presencia, reconocida o menospreciada en cada una de nuestras afirmaciones.

2154   Siguiendo a San Pablo (cf 2 Co 1,23; Gal 1,20), la tradición de la Iglesia ha comprendido las palabras de Jesús en el sentido de que no se oponen al juramento cuando éste se hace por una causa grave y justa (por ejemplo, ante el tribunal). "El juramento, es decir, la invocación del Nombre de Dios como testigo de la verdad, sólo puede prestarse con verdad, con sensatez y con justicia" (CIC, can. 1199,1).

2155   La santidad del nombre divino exige no recurrir a él para cosas fútiles, y no prestar juramento en circunstancias que pudieran hacerlo interpretar como una aprobación del poder que lo exigiese injustamente. Cuando el juramento es exigido por autoridades civiles ilegítimas, puede ser rechazado. Debe serlo, cuando es impuesto con fines contrarios a la dignidad de las personas o a la comunión de la Iglesia.

 

III      EL NOMBRE CRISTIANO

2156   El sacramento del Bautismo es conferido "en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo" (Mt 28,19). En el bautismo, el nombre del Señor santifica al hombre, y el cristiano recibe su nombre en la Iglesia. Este puede ser el de un santo, es decir, de un discípulo que vivió una vida de fidelidad ejemplar a su Señor. Al ser puesto bajo el patrocinio de un santo, se le ofrece un modelo de caridad y se le asegura su intercesión. El "nombre de bautismo" puede expresar también un misterio cristiano o una virtud cristiana. "Procuren los padres, los padrinos y el párroco que no se imponga un nombre ajeno al sentir cristiano" (CIC, can. 855).

2157   El cristiano comienza su jornada, sus oraciones y sus acciones con la señal de la cruz, "en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo. Amén". El bautizado consagra la jornada a la gloria de Dios e invoca la gracia del Señor que le permite actuar en el Espíritu como hijo del Padre. La señal de la cruz nos fortalece en las tentaciones y en las dificultades.

2158   Dios llama a cada uno por su nombre (cf Is 43,1; Jn 10,3). El nombre de todo hombre es sagrado. El nombre es la imagen de la persona. Exige respeto en señal de la dignidad del que lo lleva.

2159   El nombre recibido es un nombre de eternidad. En el reino, el carácter misterioso y único de cada persona marcada con el nombre de Dios brillará en plena luz. "Al vencedor...le daré una piedrecita blanca, y grabado en la piedrecita, un nombre nuevo que nadie conoce, sino el que lo recibe" (Ap 2,17). "Miré entonces y había un Cordero, que estaba en pie sobre el monte Sión, y con él ciento cuarenta y cuatro mil, que llevaban escrito en la frente el nombre del Cordero y el nombre de su Padre" (Ap 14,1).

 

RESUMEN

2160   "Señor, Dios Nuestro, ¡qué admirable es tu nombre por toda la tierra!" (Sal 8,2).

2161   El segundo mandamiento prescribe respetar el nombre del Señor. El nombre del Señor es santo.

2162   El segundo mandamiento prohíbe todo uso inconveniente del Nombre de Dios. La blasfemia consiste en usar de una manera injuriosa el nombre de Dios, de Jesucristo , de la Virgen María y de los santos.

2163   El falso juramento invoca a Dios como testigo de una mentira. El perjurio es una falta grave contra el Señor, siempre fiel a sus promesas.

2164   "No jurar ni por Criador ni por criatura, si no fuere con verdad, necesidad y reverencia" (S. Ignacio de Loyola, ex. spir. 38).

2165   En el Bautismo, la Iglesia da un nombre al cristiano. Los padres, los padrinos y el párroco deben procurar que se dé un nombre cristiano al que es bautizado. El patrocinio de un santo ofrece un modelo de caridad y asegura su intercesión.

2166   El cristiano comienza sus oraciones y sus acciones con la señal de la cruz "en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo. Amén".

2167   Dios llama a cada uno por su nombre (cf. Is 43,1).

Artículo 3                EL TERCER MANDAMIENTO

         "Recuerda el día del sábado para santificarlo. Seis días trabajarás y harás todos tus trabajos, pero el día séptimo es día de descanso para el Señor, tu Dios. No harás ningún trabajo" (Ex 20,8-10; cf. Dt 5,12-15).

         "El sábado ha sido instituido para el hombre y no el hombre para el sábado. De suerte que el Hijo del hombre también es señor del sábado" (Mc 2,27-28).

 

I        EL DIA DEL SABADO

2168   El tercer mandamiento del Decálogo proclama la santidad del sábado: "El día séptimo será día de descanso completo, consagrado al Señor" (Ex 31,15).

2169   La Escritura hace a este propósito memoria de la creación: "Pues en seis días hizo el Señor el cielo y la tierra, el mar y todo cuanto contienen, y el séptimo descansó; por eso bendijo el Señor el día del sábado y lo hizo sagrado" (Ex 20,11).

2170   La Escritura ve también en el día del Señor un memorial de la liberación de Israel de la esclavitud de Egipto: "Acuérdate de que fuiste esclavo en el país de Egipto y de que el Señor tu Dios te sacó de allí con mano fuerte y tenso brazo; por eso el Señor tu Dios te ha mandado guardar el día del sábado" (Dt 5,15).

2171   Dios confió a Israel el Sábado para que lo guardara como signo de la alianza inquebrantable (cf Ex 31,16). El Sábado es para el Señor, santamente reservado a la alabanza de Dios, de su obra de creación y de sus acciones salvíficas en favor de Israel.

2172   El obrar de Dios es el modelo del obrar humano. Si Dios "tomó respiro" el día séptimo (Ex 31,17), también el hombre debe "holgar" y hacer que los otros, sobre todo los pobres, "recobren aliento" (Ex 23,12). El Sábado interrumpe los trabajos cotidianos y concede un respiro. Es un día de protesta contra las servidumbres del trabajo y el culto al dinero (cf Ne 13, 15-22; 2 Cro 36,21).

2173   El evangelio relata numerosos incidentes en que Jesús es acusado de quebrantar la ley del sábado. Pero Jesús nunca falta a la santidad de este día (cf Mc 1,21; Jn 9,16). Da con autoridad la interpretación auténtica de la misma: "El sábado ha sido instituido para el hombre y no el hombre para el sábado" (Mc 2,27). Con compasión, Cristo proclama que "es lícito en sábado hacer el bien en vez del mal, salvar una vida en vez de destruirla" (Mc 3,4). El sábado es el día del Señor de las misericordias y del honor de Dios (cf Mt 12,5; Jn 7,23). "El Hijo del hombre es señor del sábado" (Mc 2,28).

 

II       EL DIA DEL SEÑOR

         ¡Este es el día que ha hecho el Señor, exultemos y gocémonos en él! (Sal 118,24).

 

         El día de la Resurrección: la nueva creación

2174   Jesús resucitó de entre los muertos "el primer día de la semana" (Mt 28,1; Mc 16,2; Lc 24,1; Jn 20,1). En cuanto "primer día", el día de la Resurrección de Cristo recuerda la primera creación. En cuanto "octavo día", que sigue al sábado (cf Mc 16,1; Mt 28,1), significa la nueva creación inaugurada con la resurrección de Cristo. Para los cristianos vino a ser el primero de todos los días, la primera de todas las fiestas, el día del Señor ("Hè kyriakè hèmera", "dies dominica"), el "domingo":

         Nos reunimos todos el día del sol porque es el primer día (después del sábado judío, pero también el primer día), en que Dios, sacando la materia de las tinieblas, creó al mundo; ese mismo día, Jesucristo nuestro Salvador resucitó de entre los muertos (S. Justino, Apol. 1,67).

 

         El domingo, plenitud del sábado

2175   El Domingo se distingue expresamente del sábado, al que sucede cronológicamente cada semana, y cuya prescripción litúrgica reemplaza para los cristianos. Realiza plenamente, en la Pascua de Cristo, la verdad espiritual del sábado judío y anuncia el descanso eterno del hombre en Dios. Porque el culto de la ley preparaba el misterio de Cristo, y lo que se practicaba en ella prefiguraba algún rasgo relativo a Cristo (cf 1 Co 10,11):

         Los que vivían según el orden de cosas antiguo han venido a la nueva esperanza, no observando ya el sábado, sino el día del Señor, en el que nuestra vida es bendecida por él y por su muerte (S. Ignacio de Antioquía, Magn. 9,1).

2176   La celebración del domingo observa la prescripción moral, inscrita en el corazón del hombre, de " dar a Dios un culto exterior, visible, público y regular bajo el signo de su bondad universal hacia los hombres" (S. Tomás de Aquino, s. th. 2-2, 122,4). El culto dominical realiza el precepto moral de la Antigua Alianza, cuyo ritmo y espíritu recoge celebrando cada semana al Creador y Redentor de su pueblo.

 

         La eucaristía dominical

2177   La celebración dominical del Día y de la Eucaristía del Señor tiene un papel principalísimo en la vida de la Iglesia. "El domingo en el que se celebra el misterio pascual, por tradición apostólica, ha de observarse en toda la Iglesia como fiesta primordial de precepto" (CIC, can. 1246,1).

         "Igualmente deben observarse los días de Navidad, Epifanía, Ascensión, Santísimo Cuerpo y Sangre de Cristo, Santa María Madre de Dios, Inmaculada Concepción y Asunción, San José, Santos Apóstoles Pedro y Pablo y, finalmente, todos los Santos" (CIC, can. 1246,1).

2178   Esta práctica de la asamblea cristiana se remonta a los comienzos de la edad apostólica (cf Hch 2,42-46; 1 Co 11,17). La carta a los Hebreos dice: "no abandonéis vuestra asamblea, como algunos acostumbran hacerlo, antes bien, animaos mutuamente" (Hb 10,25).

         La tradición conserva el recuerdo de una exhortación siempre actual: "Venir temprano a la Iglesia, acercarse al Señor y confesar sus pecados, arrepentirse en la oración...Asistir a la sagrada y divina liturgia, acabar su oración y no marchar antes de la despedida...Lo hemos dicho con frecuencia: este día os es dado para la oración y el descanso. Es el día que ha hecho el Señor. En él exultamos y nos gozamos (Autor anónimo, serm. dom.).

2179   "La parroquia es una determinada comunidad de fieles constituida de modo estable en la Iglesia particular, cuya cura pastoral, bajo la autoridad del Obispo diocesano, se encomienda a un párroco, como su pastor propio" (CIC, can. 515,1). Es el lugar donde todos los fieles pueden reunirse para la celebración dominical de la eucaristía. La parroquia inicia al pueblo cristiano en la expresión ordinaria de la vida litúrgica, la congrega en esta celebración; le enseña la doctrina salvífica de Cristo. Practica la caridad del Señor en obras buenas y fraternas:

         No puedes orar en casa como en la Iglesia, donde son muchos los reunidos, donde el grito de todos se dirige a Dios como desde un solo corazón. Hay en ella algo más: la unión de los espíritus, la armonía de las almas, el vínculo de la caridad, las oraciones de los sacerdotes (S. Juan Crisóstomo, incomprehens. 3,6).

 

         La obligación del Domingo

2180   El mandamiento de la Iglesia determina y precisa la ley del Señor: "El domingo y las demás fiestas de precepto los fieles tienen obligación de participar en la Misa" (CIC, can. 1247). "Cumple el precepto de participar en la Misa quien asiste a ella, dondequiera que se celebre en un rito católico, tanto el día de la fiesta como el día anterior por la tarde" (CIC, can. 1248,1)

2181   La eucaristía del Domingo fundamenta y ratifica toda la práctica cristiana. Por eso los fieles están obligados a participar en la eucaristía los días de precepto, a no ser que estén excusados por una razón seria (por ejemplo, enfermedad, el cuidado de niños pequeños) o dispensados por su pastor propio (cf CIC, can. 1245). Los que deliberadamente faltan a esta obligación cometen un pecado grave.

2182   La participación en la celebración común de la eucaristía dominical es un testimonio de pertenencia y de fidelidad a Cristo y a su Iglesia. Los fieles proclaman así su comunión en la fe y la caridad. Testimonian a la vez la santidad de Dios y su esperanza de la salvación. Se reconfortan mutuamente, guiados por el Espíritu Santo.

2183   "Cuando falta el ministro sagrado u otra causa grave hace imposible la participación en la celebración eucarística, se recomienda vivamente que los fieles participen en la liturgia de la palabra, si ésta se celebra en la iglesia parroquial o en otro lugar sagrado conforme a lo prescrito por el Obispo diocesano, o permanezcan en oración durante un tiempo conveniente, solos o en familia, o, si es oportuno, en grupos de familias" (CIC, can. 1248,2).

 

         Día de gracia y de descanso

2184   Así como Dios "cesó el día séptimo de toda la tarea que había hecho" (Gn 2,2), la vida humana sigue un ritmo de trabajo y descanso. La institución del Día del Señor contribuye a que todos disfruten del tiempo de descanso y de solaz suficiente que les permita cultivar su vida familiar, cultural, social y religiosa (cf GS 67,3).

2185   Durante el domingo y las otras fiestas de precepto, los fieles se abstendrán de entregarse a trabajos o actividades que impidan el culto debido a Dios, la alegría propia el día del Señor, la práctica de las obras de misericordia, la distensión necesaria del espíritu y del cuerpo (cf CIC, can. 1247). Las necesidades familiares o una gran utilidad social constituyen excusas legítimas respecto al precepto del descanso dominical. Los fieles deben cuidar que legítimas excusas no introduzcan hábitos perjudiciales a la religión, a la vida de familia y a la salud.

         El amor de la verdad busca el santo ocio, la necesidad del amor acoge el justo trabajo (S. Agustín, civ. 19,19).

2186   Los cristianos que disponen de ocio deben acordarse de sus hermanos que tienen las mismas necesidades y los mismos derechos y no pueden descansar a causa de la pobreza y la miseria. El domingo está tradicionalmente consagrado por la piedad cristiana a obras buenas y a servicios humildes con los enfermos, débiles y ancianos. Los cristianos deben santificar también el domingo dedicando a su familia el tiempo y los cuidados difíciles de prestar los otros días de la semana. El domingo es un tiempo de reflexión, de silencio, de cultura y de meditación, que favorecen el crecimiento de la vida interior y cristiana.

2187   Santificar los domingos y los días de fiesta exige un esfuerzo común. Cada cristiano debe evitar imponer sin necesidad a otro lo que le impediría guardar el día del Señor. Cuando las costumbres (deportes, restaurantes, etc.) y los compromisos sociales (servicios públicos, etc.) requieren de algunos un trabajo dominical, cada uno tiene la responsabilidad de un tiempo suficiente de descanso. Los fieles cuidarán con moderación y caridad evitar los excesos y las violencias engendrados a veces por espectáculos multitudinarios. A pesar de las presiones económicas, los poderes públicos deben asegurar a los ciudadanos un tiempo destinado al descanso y al culto divino. Los patronos tienen una obligación análoga respecto a sus empleados.

2188   En el respeto de la libertad religiosa y del bien común de todos, los cristianos deben reclamar el reconocimiento de los domingos y días de fiesta de la Iglesia como días festivos legales. Deben dar a todos un ejemplo público de oración, de respeto y de alegría, y defender sus tradiciones como una contribución preciosa a la vida espiritual de la sociedad humana. Si la legislación del país u otras razones obligan a trabajar el domingo, este día debe ser al menos vivido como el día de nuestra liberación que nos hace participar en esta "reunión de fiesta", en esta "asamblea de los primogénitos inscritos en los cielos" (Hb 12,22-23).

 

RESUMEN

2189   "Guardarás el día del sábado para santificarlo" (Dt 5,12). "El día séptimo será día de descanso completo, consagrado al Señor" (Ex 31,15).

2190   El sábado, que representaba la coronación de la primera creación, es sustituido por el domingo que recuerda la nueva creación, inaugurada en la resurrección de Cristo.

2191   La Iglesia celebra el día de la Resurrección de Cristo el octavo día, que es llamado con pleno derecho día del Señor, o domingo (cf SC 106).

2192   "El domingo...ha de observarse en toda la Iglesia como fiesta primordial de precepto" (CIC, can 1246,1). "El domingo y las demás fiestas de precepto, los fieles tienen obligación de participar en la Misa" (CIC, can. 1247).

2193   "El domingo y las demás fiestas de precepto...los fieles se abstendrán de aquellos trabajos y actividades que impidan dar culto a Dios, gozar de la alegría propia del día del Señor o disfrutar del debido descanso de la mente y del cuerpo" (CIC, can 1247).

2194   La institución del domingo contribuye a que todos disfruten de un "reposo y ocio suficientes para cultivar la vida familiar, cultural, social y religiosa" (GS 67,3).

2195   Todo cristiano debe evitar imponer, sin necesidad, a otro impedimentos para guardar el Día del Señor.

CAPITULO SEGUNDO: "AMARAS A TU PROJIMO COMO A TI MISMO"

         Jesús dice a sus discípulos: "Amaos los unos a los otros como yo os he amado" (Jn 13,34).

2196   En respuesta a la pregunta que le hacen sobre cuál es el primero de los mandamientos, Jesús responde: "El primero es: `Escucha Israel, el Señor, nuestro Dios, es el único Señor, y amarás al Señor tu Dios con todo tu corazón, con toda tu alma, con toda tu mente y con todas tus fuerzas'. El segundo es: `Amarás a tu prójimo como a ti mismo'. No existe otro mandamiento mayor que estos" (Mc 12,29-31).

         El apóstol S. Pablo lo recuerda: "El que ama al prójimo ha cumplido la ley. En efecto, lo de: no adulterarás, no matarás, no robarás, no codiciarás y todos los demás preceptos, se resumen en esta fórmula: amarás a tu prójimo como a ti mismo. La caridad no hace mal al prójimo. La caridad es, por tanto, la ley en su plenitud" (Rm 13,8-10).

 

Artículo 4                EL CUARTO MANDAMIENTO

         Honra a tu padre y a tu madre, para que se prolonguen tus días sobre la tierra que el Señor, tu Dios, te va a dar (Ex 20,12).

         Vivía sujeto a ellos (Lc 2,51).

         El Señor Jesús recordó también la fuerza de este "mandamiento de Dios" (Mc 7,8-13). El apóstol enseña: "Hijos, obedeced a vuestros padres en el Señor; porque esto es justo. `Honra a tu padre y a tu madre', tal es el primer mandamiento que lleva consigo una promesa: `para que seas feliz y se prolongue tu vida sobre la tierra'" (Ef 6,1-3; cf Dt 5,16).

2197   El cuarto mandamiento encabeza la segunda tabla. Indica el orden de la caridad. Dios quiso que, después de él, honrásemos a nuestros padres, a los que debemos la vida y que nos han transmitido el conocimiento de Dios. Estamos obligados a honrar y respetar a todos los que Dios, para nuestro bien, ha investido de su autoridad.

2198   Este precepto se expresa de forma positiva, indicando los deberes que se han de cumplir. Anuncia los mandamientos siguientes que contienen un respeto particular de la vida, del matrimonio, de los bienes terrenos, de la palabra. Constituye uno de los fundamentos de la doctrina social de la Iglesia.

2199   El cuarto mandamiento se dirige expresamente a los hijos en sus relaciones con sus padres, porque esta relación es la más universal. Se refiere también a las relaciones de parentesco con los miembros del grupo familiar. Exige que se dé honor, afecto y reconocimiento a los ancianos y antepasados. Finalmente se extiende a los deberes de los alumnos respecto a los maestros, de los empleados respecto a los patronos, de los subordinados respecto a sus jefes, de los ciudadanos respecto a su patria, a los que la administran o la gobiernan.

         Este mandamiento implica y sobreentiende los deberes de los padres, tutores, maestros, jefes, magistrados, gobernantes, de todos los que ejercen una autoridad sobre otros o sobre una comunidad de personas.

2200   El cumplimiento del cuarto mandamiento comporta su recompensa: "Honra a tu padre y a tu madre, para que se prolonguen tus días sobre la tierra que el Señor, tu Dios, te va a dar" (Ex 20,12; Dt 5,16). La observancia de este mandamiento procura, con los frutos espirituales, frutos temporales de paz y de prosperidad. Y al contrario, la no observancia de este mandamiento entraña grandes daños para las comunidades y las personas humanas.

 

I        LA FAMILIA EN EL PLAN DE DIOS

         Naturaleza de la familia

2201   La comunidad conyugal está establecida sobre el consentimiento de los esposos. El matrimonio y la familia están ordenados al bien de los esposos y a la procreación y educación de los hijos. El amor de los esposos y la generación de los hijos establecen entre los miembros de una familia relaciones personales y responsabilidades primordiales.

2202   Un hombre y una mujer unidos en matrimonio forman con sus hijos una familia. Esta disposición es anterior a todo reconocimiento por la autoridad pública; se impone a ella. Se la considerará como la referencia normal en función de la cual deben ser apreciadas las diversas formas de parentesco.

2203   Al crear al hombre y a la mujer, Dios instituyó la familia humana y la dotó de su constitución fundamental. Sus miembros son personas iguales en dignidad. Para el bien común de sus miembros y de la sociedad, la familia implica una diversidad de responsabilidades, de derechos y de deberes.

 

         La familia cristiana

2204   "La familia cristiana constituye una revelación y una actuación específicas de la comunión eclesial; por eso...puede y debe decirse iglesia doméstica" (FC 21, cf LG 11). Es una comunidad de fe, esperanza y caridad, posee en la Iglesia una importancia singular como aparece en el Nuevo Testamento (cf Ef 5,21-6,4; Col 3,18-21; 1 P 3, 1-7).

2205   La familia cristiana es una comunión de personas, reflejo e imagen de la comunión del Padre y del Hijo en el Espíritu Santo. Su actividad procreadora y educativa es reflejo de la obra creadora de Dios. Es llamada a participar en la oración y el sacrificio de Cristo. La oración cotidiana y la lectura de la Palabra de Dios fortalecen en ella la caridad. La familia cristiana es evangelizadora y misionera.

2206   Las relaciones en el seno de la familia entrañan una afinidad de sentimientos, afectos e intereses que provienen sobre todo del mutuo respeto de las personas. La familia es una "comunidad privilegiada" llamada a realizar un "propósito común de los esposos y una cooperación diligente de los padres en la educación de los hijos" (GS 52,1).

 

II       LA FAMILIA Y LA SOCIEDAD

2207   La familia es la "célula original de la vida social". Es la sociedad natural donde el hombre y la mujer son llamados al don de sí en el amor y en el don de la vida. La autoridad, la estabilidad y la vida de relación en el seno de la familia constituyen los fundamentos de la libertad, de la seguridad, de la fraternidad en el seno de la sociedad. La familia es la comunidad en la que, desde la infancia, se puede aprender los valores morales, comenzar a honrar a Dios y a usar bien de la libertad. La vida de familia es iniciación a la vida en sociedad.

2208   La familia debe vivir de manera que sus miembros aprendan el cuidado y la atención de los jóvenes y ancianos, de los enfermos o disminuidos, y de los pobres. Numerosas son las familias que en ciertos momentos no se hallan en condiciones de prestar esta ayuda. Corresponde entonces a otras personas, a otras familias, y subsidiariamente a la sociedad, proveer a sus necesidades. "La religión pura e intachable ante Dios Padre es ésta: visitar a los huérfanos y a las viudas en su tribulación y conservarse incontaminado del mundo" (St 1,27).

2209   La familia debe ser ayudada y defendida mediante medidas sociales apropiadas. Donde las familias no son capaces de realizar sus funciones, los otros cuerpos sociales tienen el deber de ayudarlas y de sostener la institución familiar. De conformidad con el principio de subisidiariedad, las comunidades más vastas deben abstenerse de privar a las familias de sus propios derechos y de inmiscuirse en sus vidas.

2210   La importancia de la familia para la vida y el bienestar de la sociedad (cf GS 47,1) entraña una responsabilidad particular de ésta en el sostén y fortalecimiento del matrimonio y de la familia. El poder civil ha de considerar como deber grave "el reconocimiento de la auténtica naturaleza del matrimonio y de la familia, protegerla y fomentarla, asegurar la moralidad pública y favorecer la prosperidad doméstica" (GS 52,2).

2211   La comunidad política tiene el deber de honrar a la familia, asistirla, y asegurarle especialmente:

- la libertad de fundar un hogar, de tener hijos y de educarlos de acuerdo con sus propias convicciones morales y religiosas;

- la protección de la estabilidad del vínculo conyugal y de la institución familiar;

- la libertad de profesar su fe, transmitirla, educar a sus hijos en ella, con los medios y las instituciones necesarios;

- el derecho a la propiedad privada, la libertad de iniciativa, de tener un trabajo, una vivienda, el derecho a emigrar;

- conforme a las instituciones del país, el derecho a la atención médica, a la asistencia de las personas de edad, a los subsidios familiares;

- la protección de la seguridad y la higiene, especialmente por lo que se refiere a peligros como la droga, la pornografía, el alcoholismo, etc;

- la libertad para formar asociaciones con otras familias y de estar así representadas ante las autoridades civiles (cf FC 46).

2212   El cuarto mandamiento ilumina las demás relaciones en la sociedad. En nuestros hermanos y hermanas vemos a los hijos de nuestros padres; en nuestros primos, los descendientes de nuestros abuelos; en nuestros conciudadanos, los hijos de nuestra patria; en los bautizados, los hijos de nuestra madre, la Iglesia; en toda persona humana, un hijo o una hija del que quiere ser llamado "Padre nuestro". Así, nuestras relaciones con nuestro prójimo son reconocidas como de orden personal. El prójimo no es un "individuo" de la colectividad humana; es "alguien" que por sus orígenes, siempre "próximos" por una u otra razón, merece una atención y un respeto singulares.

2213   Las comunidades humanas están compuestas de personas. Gobernarlas bien no puede limitarse simplemente a garantizar los derechos y el cumplimiento de deberes, como tampoco a la fidelidad a los compromisos. Las justas relacione entre patronos y empleados, gobernantes y ciudadanos, suponen la benevolencia natural conforme a la dignidad de las personas humanas deseosas de justicia y fraternidad.

 

II       DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA FAMILIA

         Deberes de los hijos

2214   La paternidad divina es la fuente de la paternidad humana (cf. Ef 3,14); es el fundamento del honor de los padres. El respeto de los hijos, menores o mayores de edad, hacia su padre y hacia su madre (cf Pr 1,8; Tb 4,3-4), se nutre del afecto natural nacido del vínculo que los une. Es exigido por el precepto divino (cf Ex 20,12).

2215   El respeto a los padres (piedad filial) está hecho de gratitud para quienes, mediante el don de la vida, su amor y su trabajo, han traído sus hijos al mundo y les han ayudado a crecer en estatura, en sabiduría y en gracia. "Con todo tu corazón honra a tu padre, y no olvides los dolores de tu madre. Recuerda que por ellos has nacido, ¿cómo les pagarás lo que contigo han hecho?" (Si 7,27-28).

2216   El respeto filial se revela en la docilidad y la obediencia verdaderas. "Guarda, hijo mío, el mandato de tu padre y no desprecies la lección de tu madre...en tus pasos ellos serán tu guía; cuando te acuestes, velarán por ti; conversarán contigo al despertar" (Pr 6,20-22). "El hijo sabio ama la instrucción, el arrogante no escucha la reprensión" (Pr 13,1).

2217   Mientras vive en el domicilio de sus padres, el hijo debe obedecer a todo lo que estos dispongan para su bien o el de la familia. "Hijos, obedeced en todo a vuestros padres, porque esto es grato a Dios en el Señor" (Col 3,20; cf Ef 6,1). Los hijos deben obedecer también las prescripciones razonables de sus educadores y de todos aquellos a quienes sus padres los han confiado. Pero si el hijo está persuadido en conciencia de que es moralmente malo obedecer esa orden, no debe seguirla.

         Cuando sean mayores, los hijos deben seguir respetando a sus padres. Deben prever sus deseos, solicitar dócilmente sus consejos y aceptar sus amonestaciones justificadas. La obediencia a los padres cesa con la emancipación de los hijos, pero no el respeto que permanece para siempre. Este, en efecto, tiene su raíz en el temor de Dios, uno de los dones del Espíritu Santo.

2218   El cuarto mandamiento recuerda a los hijos mayores de edad sus responsabilidades para con los padres. En cuanto puedan deben prestarles ayuda material y moral en los años de vejez y durante los tiempos de enfermedad, de soledad o de abatimiento. Jesús recuerda este deber de gratitud (cf Mc 7,10-12).

         El Señor glorifica al padre en los hijos, y afirma el derecho de la madre sobre su prole. Quien honra a su padre expía sus pecados; como el que atesora es quien da gloria a su madre. Quien honra a su padre recibirá contento de sus hijos, y en el día de su oración será escuchado. Quien da gloria al padre vivirá largos días, obedece al Señor quien da sosiego a su madre (Si 3,12-13.16).

         Hijo, cuida de tu padre en su vejez, y en su vida no le causes tristeza. Aunque haya perdido la cabeza, se indulgente, no le desprecies en la plenitud de tu vigor...Como blasfemo es el que abandona a su padre, maldito del Señor quien irrita a su madre (Si 3,12.16).

2219   El respeto filial favorece la armonía de toda la vida familiar; atañe también a las relaciones entre hermanos y hermanas. El respeto a los padres irradia en todo el ambiente familiar. "Corona de los ancianos son los hijos de los hijos" (Pr 17,6). "Soportaos unos a otros en la caridad, en toda humildad, dulzura y paciencia" (Ef 4,2).

2220   Los cristianos están obligados a una especial gratitud para con aquellos de quienes recibieron el don de la fe, la gracia del bautismo y la vida en la Iglesia. Puede tratarse de los padres, de otros miembros de la familia, de los abuelos, de los pastores, de los catequistas, de otros maestros o amigos. "Evoco el recuerdo de la fe sincera que tú tienes, fe que arraigó primero en tu abuela Loida y en tu madre Eunice, y sé que también ha arraigado en ti" (2 Tm 1,5).

 

         Deberes de los padres

2221   La fecundidad del amor conyugal no se reduce a la sola procreación de los hijos, sino que debe extenderse también a su educación moral y a su formación espiritual. El papel de los padres en la educación "tiene tanto peso que, cuando falta, difícilmente puede suplirse" (GE 3). El derecho y el deber de la educación son para los padres primordiales e inalienables (cf FC 36).

2222   Los padres deben mirar a sus hijos como a hijos de Dios y respetarlos como a personas humanas. Han de educar a sus hijos en el cumplimiento de la ley de Dios, mostrándose ellos mismos obedientes a la voluntad del Padre del cielo.

2223   Los padres son los primeros responsables de la educación de sus hijos. Testimonian esta responsabilidad ante todo por la creación de un hogar, donde la ternura, el perdón, el respeto, la fidelidad y el servicio desinteresado son norma. El hogar es un lugar apropiado para la educación de las virtudes. Esta requiere el aprendizaje de la abnegación, de un sano juicio, del dominio de sí, condiciones de toda libertad verdadera. Los padres han de enseñar a los hijos a subordinar las dimensiones "materiales e instintivas a las interiores y espirituales" (CA 36). Es una grave responsabilidad para los padres dar buenos ejemplos a sus hijos. Sabiendo reconocer ante sus hijos sus propios defectos, se hacen más aptos para guiarlos y corregirlos:

         El que ama a su hijo, le azota sin cesar...el que enseña a su hijo, sacará provecho de él (Si 30, 1-2).

         Padres, no exasperéis a vuestros hijos, sino formadlos más bien mediante la instrucción y la corrección según el Señor (Ef 6,4).

2224   El hogar constituye un medio natural para la iniciación del ser humano en la solidaridad y en las responsabilidades comunitarias. Los padres deben enseñar a los hijos a guardarse de los riesgos y las degradaciones que amenazan a las sociedades humanas.

2225   Por la gracia del sacramento del matrimonio, los padres han recibido la responsabilidad y el privilegio de evangelizar a sus hijos. Desde su primera edad, deberán iniciarlos en los misterios de la fe de los que ellos son para sus hijos los "primeros anunciadores de la fe" (LG 11). Desde su más tierna infancia, deben asociarlos a la vida de la Iglesia. La forma de vida en la familia puede alimentar las disposiciones afectivas que, durante la vida entera, serán auténticos preámbulos y apoyos de una fe viva.

2226   La educación en la fe por los padres debe comenzar desde la más tierna infancia. Esta educación se hace ya cuando los miembros de la familia se ayudan a crecer en la fe mediante el testimonio de una vida cristiana de acuerdo con el evangelio. La catequesis familiar precede, acompaña y enriquece las otras formas de enseñanza de la fe. Los padres tienen la misión de enseñar a sus hijos a orar y a descubrir su vocación de hijos de Dios (cf LG 11). La parroquia es la comunidad eucarística y el corazón de la vida litúrgica de las familias cristianas; es un lugar privilegiado para la catequesis de los niños y de los padres.

2227   Los hijos, a su vez, contribuyen al crecimiento de sus padres en la santidad (cf GS 48,4). Todos y cada uno se concederán generosamente y sin cansarse los perdones mutuos exigidos por las ofensas, las querellas, las injusticias, y las omisiones. El afecto mutuo lo sugiere. La caridad de Cristo lo exige (cf Mt 18,21-22; Lc 17,4).

2228   Durante la infancia, el respeto y el afecto de los padres se traducen ante todo por el cuidado y la atención que consagran en educar a sus hijos, en proveer a sus necesidades físicas y espirituales. En el transcurso del crecimiento, el mismo respeto y la misma dedicación llevan a los padres a enseñar a sus hijos a usar rectamente de su razón y de su libertad.

2229   Los padres, como primeros responsables de la educación de sus hijos, tienen el derecho de elegir para ellos una escuela que corresponda a sus propias convicciones. Este derecho es fundamental. En cuanto sea posible, los padres tienen el deber de elegir las escuelas que mejor les ayuden en su tarea de educadores cristianos (cf GE 6). Los poderes públicos tienen el deber de garantizar este derecho de los padres y de asegurar las condiciones reales de su ejercicio.

2230   Cuando llegan a la edad correspondiente, los hijos tienen el deber y el derecho de elegir su profesión y su estado de vida. Estas nuevas responsabilidades deberán asumirlas en una relación confiada con sus padres, cuyo parecer y consejo pedirán y recibirán dócilmente. Los padres deben cuidar no violentar a sus hijos ni en la elección de una profesión ni en la de su futuro cónyuge. Este deber de no inmiscuirse no les impide, sino al contrario, ayudarles con consejos juiciosos, particularmente cuando se proponen fundar un hogar.

2231   Hay quienes no se casan para poder cuidar a sus padres, o sus hermanos y hermanas, para dedicarse más exclusivamente a una profesión o por otros motivos dignos. Estas personas pueden contribuir grandemente al bien de la familia humana.

 

IV       LA FAMILIA Y EL REINO DE DIOS

2232   Los vínculos familiares, aunque son muy importantes, no son absolutos. A la par el hijo crece, hacia una madurez y autonomía humanas y espirituales, la vocación singular que viene de Dios se afirma con más claridad y fuerza. Los padres deben respetar esta llamada y favorecer la respuesta de sus hijos para seguirla. Es preciso convencerse de que la vocación primera del cristiano es seguir a Jesús (cf Mt 16,25): "El que ama a su padre o a su madre más que a mí, no es digno de mí; el que ama a su hijo o a su hija más que a mí, no es digno de mi" (Mt 10,37).

2233   Hacerse discípulo de Jesús es aceptar la invitación a pertenecer a la familia de Dios, a vivir en conformidad con su manera de vivir: "El que cumpla la voluntad de mi Padre celestial, éste es mi hermano, mi hermana y mi madre" (Mt 12,49).

         Los padres deben acoger y respetar con alegría y acción de gracias el llamamiento del Señor a uno de sus hijos para que le siga en la virginidad por el Reino, en la vida consagrada o en el ministerio sacerdotal.

 

V        LAS AUTORIDADES EN LA SOCIEDAD CIVIL

2234   El cuarto mandamiento de Dios nos ordena también honrar a todos los que, para nuestro bien, han recibido de Dios una autoridad en la sociedad. Este mandamiento determina los deberes de quienes ejercen la autoridad y de quienes están sometidos a ella.

 

         Deberes de las autoridades civiles

2235   Los que ejercen una autoridad deben ejercerla como un servicio. "El que quiera llegar a ser grande entre vosotros, será vuestro esclavo" (Mt 20,26). El ejercicio de una autoridad está moralmente regulado por su origen divino, su naturaleza racional y su objeto específico. Nadie puede ordenar o instituir lo que es contrario a la dignidad de las personas y a la ley natural.

2236   El ejercicio de la autoridad ha de manifestar una justa jerarquía de valores con el fin de facilitar el ejercicio de la libertad y de la responsabilidad de todos. Los superiores deben ejercer la justicia distributiva con sabiduría teniendo en cuenta las necesidades y la contribución de cada uno y atendiendo a la concordia y la paz. Deben velar porque las normas y disposiciones que establezcan no induzcan a tentación oponiendo el interés personal al de la comunidad (cf CA 25).

2237   El poder político está obligado a respetar los derechos fundamentales de la persona humana. Y administrar humanamente justicia en el respeto al derecho de cada uno, especialmente de las familias y de los desheredados.

         Los derechos políticos inherentes a la ciudadanía pueden y deben ser concedidos según las exigencias del bien común. No pueden ser suspendidos por los poderes públicos sin motivo legítimo y proporcionado. El ejercicio de los derechos políticos está destinado al bien común de la nación y de la comunidad humana.

 

         Deberes de los ciudadanos

2238   Los que están sometidos a la autoridad deben mirar a sus superiores como representantes de Dios que los ha instituido ministros de sus dones (cf Rm 13,1-2): "Sed sumisos, a causa del Señor, a toda institución humana... Obrad como hombres libres, y no como quienes hacen de la libertad un pretexto para la maldad, sino como siervos de Dios" (1 P 2,13.16). Su colaboración leal entraña el derecho, a veces el deber, de ejercer una justa reprobación de lo que les parece perjudicial para la dignidad de las personas o el bien de la comunidad.

2239   Deber de los ciudadanos es contribuir con la autoridad civil al bien de la sociedad en un espíritu de verdad, justicia, solidaridad y libertad. El amor y el servicio de la patria forman parte del deber de gratitud y del orden de la caridad. La sumisión a las autoridades legítimas y el servicio del bien común exigen de los ciudadanos que cumplan con su responsabilidad en la vida de la comunidad política.

2240   La sumisión a la autoridad y la corresponsabilidad en el bien común exigen moralmente el pago de los impuestos, el ejercicio del derecho al voto, la defensa del país:

         Dad a cada cual lo que se le debe: a quien impuestos, impuestos; a quien tributo, tributo; a quien respeto, respeto; a quien honor, honor (Rm 13,7).

         Los cristianos residen en su propia patria, pero como extranjeros domiciliados. Cumplen todos sus debe res de ciudadanos y soportan todas sus cargas como extranjeros...Obedecen a las leyes establecidas, y su manera de vivir está por encima de las leyes...Tan noble es el puesto que Dios les ha asignado, que no les está permitido desertar (Epístola a Diogneto, 5,5.10; 6,10).

         El apóstol nos exhorta a ofrecer oraciones y acciones de gracias por los reyes y por todos los que ejercen la autoridad, "para que podamos vivir una vida tranquila y apacible con toda piedad y dignidad" (1 Tm 2,2).

2241   Las naciones más prósperas tienen obligación de acoger, en cuanto sea posible, al extranjero que busca la seguridad y los medios de vida que no puede encontrar en su país de origen. Los poderes públicos deben velar para que se respete el derecho natural que coloca al huésped bajo la protección de quienes lo reciben.

         Las autoridades civiles, atendiendo al bien común de aquellos que tienen a su cargo, pueden subordinar el ejercicio del derecho de inmigración a diversas condiciones jurídicas, especialmente en lo que concierne a los deberes de los emigrantes respecto al país de adopción. El inmigrante está obligado a respetar con gratitud el patrimonio material y espiritual del país que lo acoge, a obedecer sus leyes y contribuir a sus cargas.

2242   El ciudadano tiene obligación en conciencia de no seguir las prescripciones de las autoridades civiles cuando estos preceptos son contrarios a las exigencias del orden moral, a los derechos fundamentales de las personas o a las enseñanzas del evangelio. El rechazo de la obediencia a las autoridades civiles, cuando sus exigencias son contrarias a las de la recta conciencia, tiene su justificación en la distinción entre el servicio de Dios y el servicio de la comunidad política. "Dad al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios" (Mt 22,21). "Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres" (Hch 5,29):

         Cuando la autoridad pública, excediéndose en sus competencias, oprime a los ciudadanos, éstos no deben rechazar las exigencias objetivas del bien común; pero les es lícito defender sus derechos y los de sus conciudadanos contra el abuso de esta autoridad, guardando los límites que señala la ley natural y evangélica (GS 74,5).

2243   La resistencia a la opresión de quienes gobiernan no podrá recurrir legítimamente a las armas sino cuando se reúnan las condiciones siguientes: (1) en caso de violaciones ciertas, graves y prolongadas de los derechos fundamentales; (2) después de haber agotado todos los otros recursos; (3) sin provocar desórdenes peores; (4) que haya esperanza fundada de éxito; (5) si es imposible prever razonablemente soluciones mejores.

 

         La comunidad política y la Iglesia

2044   Toda institución se inspira, al menos implícitamente, en una visión del hombre y de su destino, de la que saca sus referencias de juicio, su jerarquía de valores, su línea de conducta. La mayoría de las sociedades han configurado sus instituciones conforme a una cierta preeminencia del hombre sobre las cosas. Sólo la religión divinamente revelada ha reconocido claramente en Dios, Creador y Redentor, el origen y el destino del hombre. La Iglesia invita a las autoridades civiles a juzgar y decidir a la luz de la Verdad sobre Dios y sobre el hombre:

         Las sociedades que ignoran esta inspiración o la rechazan en nombre de su independencia respecto a Dios se ven obligadas a buscar en sí mismas o a tomar de una ideología sus referencias y finalidades; y, al no admitir un criterio objetivo del bien y del mal, ejercen sobre el hombre y sobre su destino, un poder totalitario, declarado o velado, como lo muestra la historia (cf CA 45; 46).

2245   La Iglesia, que por razón de su misión y su competencia, no se confunde en modo alguno con la comunidad política, es a la vez signo y salvaguarda del carácter transcendente de la persona humana. La Iglesia "respeta y promueve también la libertad y la responsabilidad política de los ciudadanos" (GS 76,3).

2246   Pertenece a la misión de la Iglesia "emitir un juicio moral también sobre cosas que afectan al orden político cuando lo exijan los derechos fundamentales de la persona o la salvación de las almas, aplicando todos y sólo aquellos medios que sean conformes al evangelio y al bien de todos según la diversidad de tiempos y condiciones" (GS 76,5).

 

RESUMEN

2247   "Honra a tu padre y a tu madre" (Dt 5,16; Mc 7,10).

2248   Según el cuarto mandamiento, Dios quiere que, después que a él, honremos a nuestros padres y a los que él reviste de autoridad para nuestro bien.

2249   La comunidad conyugal está establecida sobre la alianza y el consentimiento de los esposos. El matrimonio y la familia están ordenados al bien de los cónyuges, a la procreación y a la educación de los hijos.

2250   "La salvación de la persona y de la sociedad humana y cristiana está estrechamente ligada a la prosperidad de la comunidad conyugal y familiar" (GS 47,1).

2251   Los hijos deben a sus padres respeto, gratitud, justa obediencia y ayuda. El respeto filial favorece la armonía de toda la vida familiar.

2252   Los padres son los primeros responsables de la educación de sus hijos en la fe, en la oración y en todas las virtudes. Tienen el deber de atender, en la medida de lo posible, las necesidades físicas y espirituales de sus hijos.

2253   Los padres deben respetar y favorecer la vocación de sus hijos. Han de recordar y enseñar que el primer mandamiento del cristiano es seguir a Jesús.

2254   La autoridad pública está obligada a respetar los derechos fundamentales de la persona humana y las condiciones de ejercicio de su libertad.

2255   El deber de los ciudadanos es trabajar con las autoridades civiles en la edificación de la sociedad en un espíritu de verdad, justicia, solidaridad y libertad.

2256   El ciudadano está obligado en conciencia a no seguir las prescripciones de las autoridades civiles cuando son contrarias a las exigencias del orden moral. "Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres" (Hch 5,29).

2257   Toda sociedad refiere sus juicios y su conducta a una visión del hombre y de su destino. Sin la luz del evangelio sobre Dios y sobre el hombre, las sociedades se hacen fácilmente totalitarias.

Continua…